La reglamentación aplicable en materia de Vehículos fuera de uso está, entre otras cosas, definida por el decreto 2003-727 del 1º de agosto de 2003 relativo a la construcción de los vehículos y a la eliminación de los VFU (vehículos fuera de uso) y por la Directiva 2000/53/CE del 18 de septiembre de 2000 modificada.
De esto resulta que los VFU solo pueden ser entregados por sus proprietaras o especialistas del ramo o sector titulares de una autorización.
Es el Decreto del 15 de marzo de 2005 el que definió las modalidades de otorgamiento de esta autorización.